Argentina

Dirección Nacional del Derecho de Autor

DNDA

Registro de Obras Inéditas (Música o Letra / Música y Letra / No Musical / Software), Obras Publicadas (Artística / Edición / Edición Musical / Fonograma / Multimedia / Web / Publicación Periódica / Representación / Software / Videograma / Película Cinematográfica), Contratos (Edición, Traducción, Adaptación, Cesión de derechos, Licencia de uso, Interpretación, Poderes, Mandatos), etc.

Más información

¿Qué se registra? Se inscriben las siguientes obras inéditas o publicadas: Cinematográficas -Composiciones Musicales - Compilaciones - Coreografías - Dibujos - Escritos (libros, folletos, etc.) - Esculturas - Fonogramas - Fotografías - Mapas - Multimedia - Obras de arquitectura - Obras dramáticas - Pantomímicas - Pinturas - Planos - Programas de radio - Programas de televisión - Publicaciones periódicas - Software - Videogramas. También se registran los contratos referidos a estas obras. * Se consideran inéditas a todas aquellas obras que no fueron editadas, publicadas o exhibidas, bajo ningún medio. ¿Cuáles son los beneficios de registrar una obra? Seguridad: La obra, cuyo ejemplar ingresa en el registro, adquiere, mediante el acto administrativo que significa su admisión, certeza de su existencia en determinada fecha, de su título, su autor, traductor y contenido. Si se trata de un contrato, certeza de fecha, contenido y partes contratantes. Prueba de autoría: Es una presunción de autoría que otorga el Estado, con una fecha cierta de inscripción. Elementos de comparación: El registro sirve de elemento de comparación en supuestos de plagio y piratería. En ese supuesto, el ejemplar de la obra depositada es remitido al Poder Judicial para su valoración. Protección del usuario de buena fe: Se presume autor de la obra el que figura como tal en el certificado de registro, salvo prueba en contrario. El editor o productor que publicara la obra conforme a las constancias que obran en esta Dirección Nacional, quedaría eximido de responsabilidad penal, en el supuesto de que se presente el verdadero autor reclamando sus derechos. Publicidad de las obras y contratos registrados: Función primordial de un registro es dar a conocer su contenido. La información beneficia a todo aquel que tiene interés en oponer su derecho frente a terceros y a quienes buscan cerciorarse sobre la viabilidad y legitimidad en una confrontación.

Tags / Temas

Derechos, Autores, Registro, Inscripción, Obras, Originales,

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